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Bel Air Unique CDMX 13 - 14 Noviembre, 2024
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COFECE

gas lp
11/112022

Cofece multa por más de 2 mil 400 millones de pesos a distribuidores de gas LP

Gas, Últimas Noticias COFECE

La Cofece impuso multas por más de 2 mil 400 millones de pesos a distribuidores de gas LP por manipular precios y repartirse el mercado en perjuicio de los consumidores.

 

El Pleno de la Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) multó por un total de 2 mil 414 millones 51 mil 954 pesos a 53 empresas y 34 personas que actuaron en su representación, por coludirse para fijar el precio de distribución de gas LP mediante plantas y expendio en estaciones de servicio.

 

Así como por dividir porciones del mercado, mediante clientela en el territorio nacional, en términos del artículo 53, fracciones I y III de la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE).

 

El gas LP es el combustible de uso doméstico más utilizado en el país y, de acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Consumo de Energéticos en Viviendas Particulares del Instituto Nacional de Estadística y Geografía, ocho de cada diez familias lo utilizan como su principal combustible para la cocción de alimentos. Tan solo de enero a junio de 2022, el valor de las ventas totales de gas LP a nivel nacional ascendió a más de 36 mil mllones de pesos, de acuerdo con datos del Sistema de Información Energética de la Secretaría de Energía.

 

Una vez concluido el procedimiento seguido en forma de juicio, el pleno de la Cofece determinó que había elementos suficientes para acreditar las prácticas monopólicas absolutas realizadas por los distribuidores imputados —que forman parte de los grupos Soni, Nieto, Tomza, Simsa, Global, Uribe y Metropolitano— en la Ciudad de México y algunos municipios del Estado de México, Culiacán, Colima y Tamaulipas.

 

Mediante estas conductas, los agentes económicos acordaron mantener sus participaciones de mercado y evitar competir entre sí, lo que se tradujo en un deterioro de las condiciones de oferta de este importante energético, así como el cobro de sobreprecios indebidos.

 

Como resultado, el pleno de la Cofece determinó que, de 2007 a 2019, los infractores provocaron un daño estimado que asciende a 13 mil 392 millones 548 mil 798 pesos. Considerando la magnitud del daño, el carácter intencional de las conductas y la relevancia del mercado afectado en el bienestar general, las conductas fueron catalogadas de gravedad alta y se impusieron las multas señaladas.

El pleno también consideró procedente imponer la sanción de inhabilitación a diversas personas físicas que participaron en algunos de los acuerdos acreditados durante la vigencia de la LFCE.

Los agentes económicos tienen el derecho de impugnar esta resolución por medio de un juicio de amparo indirecto ante el Poder Judicial de la Federación.

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gas lp
08/192022

Cofece emplaza a empresa por posibles prácticas monopólicas en mercado de gas LP

Gas, Últimas Noticias COFECE

Con este emplazamiento inicia el procedimiento seguido en forma de juicio, en el cual el agente económico involucrado podrá defenderse de las imputaciones que se hacen en su contra.

 

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) notificó a un agente económico por su probable responsabilidad en la realización de prácticas monopólicas relativas (discriminación de precios) en el mercado de importación, comercialización, transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de Gas LP en territorio nacional.

 

En México, el Gas LP es el principal combustible usado por las familias y negocios para cocinar, calentar agua y proporcionar calefacción. De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Consumo de Energéticos en Viviendas Particulares, ocho de cada diez familias lo utilizan como combustible de cocción de alimentos, y tan solo de enero a junio de 2022, el valor de las ventas totales de este combustible a nivel nacional fue de más de 36 mil millones de pesos.

 

Este mercado toma relevancia por formar parte del sector energético, que al ser transversal impacta múltiples actividades económicas como la producción de alimentos y el sector servicios. Por ello, la Cofece ha realizado distintas acciones como la determinación preliminar de la falta de competencia efectiva en la distribución de Gas LP a usuarios finales, la emisión de documentos de promoción de la competencia,  así como un emplazamiento por la posible existencia de acuerdos colusorios.

 

La investigación de este asunto, expediente DE-044-2018 ​y su acumulado DE-039-2018​, concluyó el 29 de marzo del 2022. Al respecto, la Autoridad Investigadora señaló en su dictamen de probable responsabilidad que tuvo conocimiento de la posible existencia de una práctica prohibida por la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) en su artículo 56, fracción X, que implica establecer distintos precios o condiciones de venta o compra para diferentes vendedores o compradores en condiciones equivalentes.

 

Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio, a cargo de la Secretaría Técnica de esta Comisión, en la cual el probable responsable podrá manifestar lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas relacionadas con las presuntas imputaciones hechas en su contra. Una vez realizadas estas manifestaciones, desahogadas las pruebas y presentados los alegatos correspondientes, el Pleno de la Cofece resolverá conforme a derecho.

 

De acuerdo con la LFCE, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica relativa, la Comisión ordenaría la corrección o la supresión de la práctica ilegal; mientras que el agente económico podría recibir una multa de hasta el 8% de sus ingresos.

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08/192022

Cofece emplaza a empresa por posibles prácticas monopólicas en mercado de gas LP

Gas, Últimas Noticias COFECE

Con este emplazamiento inicia el procedimiento seguido en forma de juicio, en el cual el agente económico involucrado podrá defenderse de las imputaciones que se hacen en su contra.

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) notificó a un agente económico por su probable responsabilidad en la realización de prácticas monopólicas relativas (discriminación de precios) en el mercado de importación, comercialización, transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de Gas LP en territorio nacional.En México, el Gas LP es el principal combustible usado por las familias y negocios para cocinar, calentar agua y proporcionar calefacción. De acuerdo con la Encuesta Nacional sobre Consumo de Energéticos en Viviendas Particulares, ocho de cada diez familias lo utilizan como combustible de cocción de alimentos, y tan solo de enero a junio de 2022, el valor de las ventas totales de este combustible a nivel nacional fue de más de 36 mil millones de pesos.Este mercado toma relevancia por formar parte del sector energético, que al ser transversal impacta múltiples actividades económicas como la producción de alimentos y el sector servicios. Por ello, la Cofece ha realizado distintas acciones como la determinación preliminar de la falta de competencia efectiva en la distribución de Gas LP a usuarios finales, la emisión de documentos de promoción de la competencia,  así como un emplazamiento por la posible existencia de acuerdos colusorios.La investigación de este asunto, expediente DE-044-2018 ​y su acumulado DE-039-2018​, concluyó el 29 de marzo del 2022. Al respecto, la Autoridad Investigadora señaló en su dictamen de probable responsabilidad que tuvo conocimiento de la posible existencia de una práctica prohibida por la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) en su artículo 56, fracción X, que implica establecer distintos precios o condiciones de venta o compra para diferentes vendedores o compradores en condiciones equivalentes.Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio, a cargo de la Secretaría Técnica de esta Comisión, en la cual el probable responsable podrá manifestar lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas relacionadas con las presuntas imputaciones hechas en su contra. Una vez realizadas estas manifestaciones, desahogadas las pruebas y presentados los alegatos correspondientes, el Pleno de la Cofece resolverá conforme a derecho.De acuerdo con la LFCE, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica relativa, la Comisión ordenaría la corrección o la supresión de la práctica ilegal; mientras que el agente económico podría recibir una multa de hasta el 8% de sus ingresos.
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pemex
08/182021

Emplaza Cofece a empresa por posible práctica monopólica en el mercado de petrolíferos

Combustibles, Regulación, Últimas Noticias COFECE

La Cofece aseguró que con este emplazamiento inicia el procedimiento seguido en forma de juicio, en el cual el agente económico emplazado podrá defenderse de las imputaciones que se hacen en su contra.

 

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) notificó a un agente económico sobre su probable responsabilidad en la realización de prácticas contrarias a la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) en el mercado de la comercialización, almacenamiento y transporte de petrolíferos en México y servicios relacionados.

 

La empresa de la cual no se sabe el nombre, fue emplazada al procedimiento seguido en forma de juicio para que el probable responsable presente su defensa.

 

«Los petrolíferos, como la gasolina y el diésel, son fundamentales para la economía del país, su disponibilidad, precio y calidad impactan de manera transversal a todos los sectores productivos y en el bienestar de las familias mexicanas, de ahí la importancia de que esta cadena de valor funcione en un ambiente de competencia», aseguró la comisión en un comunicado.

 

La comisión informó que la investigación de este asunto, con número de expediente IO-001-2018, concluyó el 26 de mayo del 2021.

 

Al respecto la autoridad investigadora señaló en su dictamen de probable responsabilidad que tuvo conocimiento de hechos que posiblemente derivaron en la realización de la práctica monopólica relativa descrita en la fracción X del artículo 56 de la LFCE, que implica establecer distintos precios o condiciones de venta o compra para diferentes compradores o vendedores en condiciones equivalentes.

 

Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio, a cargo de la secretaría técnica de la comisión, en el cual el probable responsable podrá manifestar lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas relacionadas con las presuntas imputaciones hechas en su contra.

 

«Una vez realizadas estas manifestaciones, desahogadas las pruebas y presentados los alegatos correspondientes, el pleno de la COFECE podrá resolver conforme a derecho».

 

De acuerdo con la LFCE, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica relativa, el agente económico podría recibir multa de hasta el 8% de sus ingresos.

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gas lp
07/092021

Precio del gas no depende de la autoridad: COFECE

Combustibles, Últimas Noticias COFECE

La Cofece asegura que el precio del gas LP no depende de la autoridad o de un instancia regulatoria, sino a través de más competencia.

 

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) asegura que los precios del gas LP no dependen de una sola autoridad sino de unas serie de acciones que incentiven la competencia.

 

Entre las acciones del regulador propone se encuentran vender el energético a la población vulnerable en los almacenes de Diconsa, así como vender tanques de gas en tiendas de autoservicio, gasolinerías o supermercados, para presionar los precios a la baja.

 

Lo anterior, lo dijo a través de un comunicado en el que responde a la propuesta del presidente Andrés Manuel López Obrador de crear la empresa “Gas del Bienestar” para disminuir los precios del gas LP.

 

El mandatario dijo que la COFECE es un cero a la izquierda porque no ha logrado reducir el alto costo del energético.

 

“En términos de la normativa aplicable, los precios no dependen de una sola autoridad o instancia reguladora, sino de una serie de acciones integrales que en conjunto se orienten a la generación de condiciones de mercado que presionen los precios a la baja”, asegura el regulador.

 

La Cofece agregó que comparte la preocupación de los ciudadanos y del Ejecutivo Federal para que en México se ofrezcan energéticos de calidad a los mejores precios posibles y que ha sido enfática y vocal, en el marco de sus atribuciones, al emprender acciones tanto para investigar y, en su caso, sancionar conductas anticompetitivas, como para promover mayor competencia en los mercados de gasolina, diésel, gas LP, turbosina y electricidad.

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renovables
02/042021

SCJN da Knock Out a política energética de SENER

Energía Eléctrica, Energía Renovable, Últimas Noticias COFECE, SCJN, SENER

La SCJN anuló los elementos centrales de la política de confiabilidad del Sistema Eléctrico Nacional.

 

La Suprema Corte de Justicia de la Nación invalidó los elementos centrales de la Política de Confiabilidad, Seguridad, Continuidad y Calidad del Sistema Eléctrico Nacional, por violar el marco constitucional en materia de competencia.

 

En sesión remota en línea, realizada este miércoles, los ministros de la Segunda Sala determinaron fundados los argumentos presentados por la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE).

 

Con cuatro votos en contra y uno a favor, la Segunda Sala de la Corte invalidó 22 disposiciones de la política publicada en mayo del año pasado y que en opinión de la COFECE  por invadir su esfera de competencia económica.

 

La Política de Confiabilidad, fue publicada por la SENER tenía como objetivo frenar la puesta en marcha de nuevas plantas de generación de energía por fuentes renovables, bajo el argumento que su «intermitencia» ponía en peligro la operación y seguridad del SEN debido al exceso de consumo de energía eléctrica derivada de las medidas de confinamiento por COVID-19.

 

A mediados del año pasado, la COFECE solicitó una suspensión provisional ante la política, porque anula el presupuesto que deben de darse para que exista competencia económica y concurrencia en el sector y afecta su mandato constitucional y la SENER invade su esfera de competencia.

 

Se trata del revés más importante que el máximo tribunal de justicia del país ha dado a las políticas energéticas impulsadas por el actual Gobierno.

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pemex
10/152020

COFECE pide a SENER renovar permisos de importación de gasolinas

Combustibles, Infraestructura, Últimas Noticias COFECE

La COFECE solicitó a la SENER la renovación de permisos de importación de gasolinas que están por vencer.

 

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) solicitó a la Secretaría de Energía (SENER) renovar más de 27 permisos de importación de gasolinas que están a punto de vencer.

 

Alejandra Palacios, presidenta de la Cofece, aseguró que 27 permisos de importación vencerán este año, lo que dejaría 55 vigentes, pero casi el 60% de ellos con validez sólo por un año, ya que la dependencia federal no ha reiniciado las autorizaciones que suspendió en marzo debido a la pandemia de COVID-19.

 

Y añadió que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) realice el trámite y resolución de nuevos permisos de expendio, cesiones o actualizaciones se dé de manera neutral y expedita. Cabe resaltar que hace algunos meses la mayor asociación de empresas refinadoras establecidas en Estados Unidos envió una carta al gobierno del presidente Donald Trump en la que se quejaba de los retrasos y trato discriminatorio de que están siendo objeto en México en materia de otorgamiento de los mencionados permisos.

 

La solicitud se da en medio de una campaña impulsada por parte del presidente Andrés Manuel López Obrador de favorecer a las empresas productivas del estado, donde la CRE ha frenado sistemáticamente las autorizaciones de petrolíferos y energía eléctrica a privados.

 

La COFECE asegura que si no se reanudan esos permisos al final del año quedarán 32 de los 82 que iniciaron el año.

 

Acompáñenos durante el EIEM Virtual Summit 2020 donde expertos debatirán sobre el futuro de Pemex en el panel «Perspectivas de Pemex para 2021» Regístrate hoy en: https://encuentroenergia.mx/registro-paneles/

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renovables
10/092020

COFECE acusa favoritismo en regulación que modifica el esquema de permisos de autoabastecimiento y cogeneración de energía eléctrica

Energía Eléctrica, Energía Renovable, Últimas Noticias COFECE

En opinión de la Comisión el proyecto podría tener efectos contrarios a la competencia al generar incertidumbre en las inversiones, limitar las posibilidades de competir en el mercado eléctrico y otorgar ventajas exclusivas a la CFE Suministro Básico.

 

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) envió comentarios y recomendaciones a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (Conamer) respecto a un proyecto de regulación presentado por la Comisión Reguladora de Energía (CRE) – solicitando la exención del Análisis de Impacto Regulatorio (AIR)

 

El proyecto que modifica el esquema bajo el que operan los permisos de autoabastecimiento y cogeneración, al considerar que los cambios propuestos podrían tener efectos contrarios a la competencia.

 

El Anteproyecto de resolución de la CRE por la que modifica las Disposiciones Administrativas de Carácter General que establecen los términos para solicitar la autorización para la modificación o transferencia de permisos de generación de energía eléctrica o suministro eléctrico, que ya ha sido publicado en el Diario Oficial de la Federación (DOF), elimina la posibilidad de que los usuarios que ya firmaron contratos con la CFE Suministro Básico bajo la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) puedan integrarse como socios de los permisos de autoabastecimiento y cogeneración. En opinión de la COFECE, esto podría tener los siguientes efectos:

 

Generar mayor incertidumbre, reduciendo los incentivos para invertir y se limita la posibilidad de competir en el mercado, pues implica un cambio sustantivo de las reglas del sector eléctrico, lo cual podría dificultar la recuperación de las inversiones realizadas o proyectadas, lo que podría desmotivar las inversiones en expansión y en mantenimiento de las centrales, retrasando la sustitución tecnológica. La incertidumbre también podría generar la salida de algunos oferentes, reduciendo el número de competidores en el mercado, lo que se agrava en el contexto de retraso de otorgamiento de nuevos permisos de generación por parte de la CRE (lo que dificulta aún más migrar al nuevo régimen) y de la suspensión de las subastas de largo plazo (que impide recolocar la electricidad generada en el mercado).

 

Se limitan las opciones de los usuarios del servicio básico, pues habría puntos de consumo (industrias) que no podrían darse de alta en los contratos de autoabastecimiento y estarían obligados a permanecer o a contratar el servicio con CFE Suministro Básico, aun cuando pudieran obtener mejores condiciones asociándose a autogeneradores o cogeneradores.

 

Se otorgan ventajas exclusivas a CFE Suministro Básico, pues las modificaciones planteadas le permiten retener de manera artificial a sus clientes, y no mediante la oferta de mejores condiciones en el servicio.

 

El 5 de octubre la CRE presentó a la Conamer el citado proyecto de regulación y, en sesión extraordinaria el 6 de octubre, la CRE aprobó dicho proyecto, a pesar de que hasta ayer no era público ni conocido que la Conamer había emitido el dictamen final de exención de la AIR.

 

Los permisos de autoabastecimiento y cogeneración surgieron en diciembre de 1992, cuando se reformó la Ley del Servicio Público de Energía Eléctrica con la finalidad de ampliar y definir la participación de particulares en la generación de electricidad. Esto dio a los usuarios industriales una alternativa de suministro a la CFE.

 

Con la publicación de la LIE, en 2014, se estableció un esquema transitorio para que dichos permisos pudieran convivir con los otorgados al amparo del nuevo marco normativo, respetando las condiciones en las que fueron concedidos originalmente para que las inversiones pudieran recuperarse.

 

Por lo tanto, más allá de las consideraciones en competencia, la COFECE señaló a la Conamer que si el regulador considerara necesario modificar el régimen de transición bajo el que operan estos permisos, debería hacerlo respetando lo establecido en los transitorios de la LIE y evitando otorgar ventajas exclusivas a CFE Suministro Básico.

 

Asimismo señaló que el Anteproyecto debería someterse al procedimiento de Análisis de Impacto Regulatorio (AIR) ante la Conamer, previo a ser publicado en el DOF, lo cual no ocurrió. La COFECE reitera la importancia de someter los proyectos de regulación al AIR ya que esto ayuda a evidenciar las posibles consecuencias (tanto positivas como negativas) de las decisiones regulatorias y los posibles costos de oportunidad que implican. Mediante este proceso, todas partes interesadas tienen la oportunidad de presentar comentarios a la regulación propuesta.

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renovables
07/212020

Sanciona COFECE a empresas de energía renovable

Energía Eléctrica, Últimas Noticias COFECE

La COFECE sancionó e impuso multas a cuatro empresas de energía renovable en México por concentración no autorizada.

 

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) impuso sanciones y una multa por 977 mil pesos a cuatro empresas de generación de energía renovable en nuestro país por realizar una concentración no autorizada.

 

Sin embargo, el pleno de la comisión autorizó la concentración BAS Projects Corporation (BAS Corporation), ESZ Holding KI (ESZ KI), ESZ Holding KII (ESZ KII), y EXI Solar Norte (EXI Solar), al considerar que la operación no pone en riesgo las condiciones de competencia en los mercados en los que participan.

 

BAS Corporation es una sociedad que en México participa en diversos proyectos de generación de energía. Por su parte, EXI Solar se dedica a invertir en proyectos de energía en el territorio nacional.

 

El regulador explicó que esta concentración consistió en la adquisición indirecta por parte de EXI Solar de un proyecto de generación de energía fotovoltaica.

 

Esta operación se hizo del conocimiento de la Comisión 340 días después de haberse concretado. Es decir, los agentes económicos involucrados en la misma omitieron la obligación de notificarla previo al cierre de la operación.

 

Aun cuando esta no representa riesgos a la competencia, superó los umbrales previstos en la Ley Federal de Competencia Económica bajo los cuales una concentración debe ser analizada por la COFECE. Ante ello, el Pleno impuso a los agentes económicos involucrados las multas señaladas.

 

Una vez notificada la resolución a las partes, los agentes económicos sancionados podrán acudir al Poder Judicial de la Federación para que sea revisada la legalidad de la actuación de la COFECE.

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renovables
03/202020

Invita COFECE a responder un cuestionario abierto al público sobre el mercado de Certificados de Energías Limpias

Energía Renovable, Últimas Noticias CELs, COFECE, CRE

La Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE ) hizo una invitación a los tomadores de decisiones del sector eléctrico, instituciones públicas, poderes de la Unión, usuarios y permisionarios, organizaciones de la sociedad civil, cámaras empresariales y toda persona interesada, a responder el Cuestionario abierto al público sobre el Documento relativo al mercado de Certificados de Energías Limpias (CEL), el cual elaborará conforme al mandato que le hace la Ley de Transición Energética (LTE), que establece que, a dos años de la entrada en vigor de las obligaciones en materia de CEL, la Comisión, en el ámbito de sus atribuciones, realizará una evaluación de la competitividad de este mercado y emitirá recomendaciones que mejoren su desempeño.

 

Los interesados podrán contestar el Cuestionario accediendo a la siguiente liga: https://www.cofece.mx/cuestionariocel/ En caso de tener alguna pregunta, pueden remitirla a [email protected] Respecto de la información que se recoja en este ejercicio, la Comisión publicará, de manera agregada y anónima, los comentarios recibidos y la forma general en que los atenderá.

 

Los CEL son títulos que emite la Comisión Reguladora de Energía (CRE) a los generadores que acrediten la producción de un megawhatt-hora de electricidad a partir de energías limpias. Dichos títulos son requeridos por los usuarios calificados y suministradores, entre otros, para comprobar el cumplimiento de sus obligaciones en materia de consumo de dicha energía. De esta manera, el mercado de CEL funciona como un mecanismo para incentivar la inversión en proyectos de generación de electricidad mediante fuentes limpias.

 

Las obligaciones en materia de CEL entraron en vigor en 2018[1], con lo que se creó dicho mercado, con el objetivo de promover el cumplimiento de los compromisos internacionales de México para reducir sus emisiones de gases de efecto invernadero. Destaca que para el 2024, el 35% de la generación eléctrica deberá hacerse mediante fuentes limpias, porcentaje que alcanzaría 43% para el 2030.

 

Para asegurar que el mercado de CEL funcione eficientemente y cumpla con el objetivo de motivar la inversión en proyectos de generación de energía limpia, es necesario asegurar condiciones de competencia en su otorgamiento. En este sentido, por mandato de la Ley de Transición Energética, la COFECE debe realizar en este 2020 un documento de análisis sobre los niveles de competencia en este mercado.

 

Por lo tanto, la Comisión analizará, desde la óptica de competencia, la regulación de este mercado, así como algunos mecanismos con los que opera (como las subastas de largo plazo). También estudiará la normativa y su implementación en otros eslabones de la cadena de la industria eléctrica, por ejemplo, el de transmisión o el mercado de balance de potencia porque su funcionamiento también impacta las condiciones de competencia en el mercado de CEL. Lo anterior, con la finalidad de identificar políticas o regulaciones que pudieran obstaculizar la capacidad de competir de los proyectos de generación basados en fuentes limpias y proponer medidas para eliminarlos.

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