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Regulación

Copia de CRE 2
08/262021

CRE creará padrón de distribuidores de gas LP

Regulación, Últimas Noticias CRE

La CRE autorizó de emergencia la creación de un padrón de distribuidores de gas LP, para ayudar al correcto suministro del energético.

El órgano de gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) autorizó un acuerdo de emergencia por parte del mismo regulador que establece las acciones a seguir para garantizar la seguridad en el suministro de gas LP.

Durante la sesión no se dieron a conocer las metodologías para establecer el padrón de distribuidores para “el correcto suministro y distribución del energético”, sin embargo se sabe por el proyecto en CONAMER que se busca incorporar más distribuidores al mercado del gas LP.

Para proteger los interés del usuario final, la CRE realiza con este proyecto un esfuerzo inicial para integrar un padrón de distribuidores que actualmente no existe, el cual nos permitirá conocer y vigilar la labor que realizan los participantes prestadores de servicio de distribución en el último eslabón de la cadena”, explicó la comisionada Norma Leticia Campos Aragón.

Sin embargo, en el anteproyecto en la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER), se indica que el proyecto es necesario para brindar alternativas a las personas, ya sean físicas o morales, que deseen contribuir al reparto de gas LP, agilizando el trámite para incorporar vehículos de reparto y autotanques a la distribución.

“La finalidad de incorporar mayor parque vehicular a la distribución de gas LP, que permita atender el suministro del combustible y evitar un daño inminente a la población”

En la misma sesión se autorizó las modificaciones del permiso de almacenamiento de petrolíferos PL/11050/AL/2015 y PL/061/AL/2015 otorgado a Pemex Logística para las terminales de Añil y Barranca del Muerto en la Ciudad de México.

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pemex
08/182021

Emplaza Cofece a empresa por posible práctica monopólica en el mercado de petrolíferos

Combustibles, Regulación, Últimas Noticias COFECE

La Cofece aseguró que con este emplazamiento inicia el procedimiento seguido en forma de juicio, en el cual el agente económico emplazado podrá defenderse de las imputaciones que se hacen en su contra.

 

La Comisión Federal de Competencia Económica (Cofece) notificó a un agente económico sobre su probable responsabilidad en la realización de prácticas contrarias a la Ley Federal de Competencia Económica (LFCE) en el mercado de la comercialización, almacenamiento y transporte de petrolíferos en México y servicios relacionados.

 

La empresa de la cual no se sabe el nombre, fue emplazada al procedimiento seguido en forma de juicio para que el probable responsable presente su defensa.

 

«Los petrolíferos, como la gasolina y el diésel, son fundamentales para la economía del país, su disponibilidad, precio y calidad impactan de manera transversal a todos los sectores productivos y en el bienestar de las familias mexicanas, de ahí la importancia de que esta cadena de valor funcione en un ambiente de competencia», aseguró la comisión en un comunicado.

 

La comisión informó que la investigación de este asunto, con número de expediente IO-001-2018, concluyó el 26 de mayo del 2021.

 

Al respecto la autoridad investigadora señaló en su dictamen de probable responsabilidad que tuvo conocimiento de hechos que posiblemente derivaron en la realización de la práctica monopólica relativa descrita en la fracción X del artículo 56 de la LFCE, que implica establecer distintos precios o condiciones de venta o compra para diferentes compradores o vendedores en condiciones equivalentes.

 

Con este emplazamiento inicia la etapa del procedimiento seguido en forma de juicio, a cargo de la secretaría técnica de la comisión, en el cual el probable responsable podrá manifestar lo que a su derecho convenga y ofrecer pruebas relacionadas con las presuntas imputaciones hechas en su contra.

 

«Una vez realizadas estas manifestaciones, desahogadas las pruebas y presentados los alegatos correspondientes, el pleno de la COFECE podrá resolver conforme a derecho».

 

De acuerdo con la LFCE, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica relativa, el agente económico podría recibir multa de hasta el 8% de sus ingresos.

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Copia de CRE 2
08/162021

CRE rompe sequía en permisos de expendio a estaciones de servicio

Regulación, Últimas Noticias CRE

La CRE negó y autorizó un permiso de generación de energía eléctrica y rompió una sequía de más de dos meses en autorizaciones de expendio de petrolíferos.

 

El órgano de gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) de nueva cuenta negó por unanimidad una autorización de generación a una empresa.

 

Los comisionados negaron el permiso para generación de energía eléctrica a la empresa hidroeléctrica «Mizu S.A.P.I de C.V, sin que se explicaran los motivos».

 

Los comisionados Guadalupe Escalante y Luis Guillermo Pineda votaron a favor de la negación de la autorización pero con observaciones que serán enviadas al órgano de gobierno.

 

Sin embargo, el órgano de gobierno de la CRE autorizó por unanimidad el permiso para generar energía eléctrica a la empresa «Flex Americas S.A de C.V.»

 

En la misma sesión se autorizó un permiso de expendio al público de petrolíferos a una estación de servicio ubicada en el estado de Michoacán, rompiendo una racha de dos meses sin autorizaciones.

 

La última autorización en materia de petrolíferos fue el 31 de mayo de 2021, cuando el regulador energético otorgó el permiso de expendio para cuatro estaciones de servicio de la marca Pemex.

 

De acuerdo los datos históricos del regulador, durante este año se han otorgado 80 autorizaciones de expendio de combustibles.

 

Se trata de la cifra más baja para los primeros siete meses de un año, también muestran que desde 2019, con el inicio de la presente administración, se han entregado cada vez menos permisos.

 

Materia de gas natural se aprobó modifica el permiso de distribución de gas natural comprimido por medio de semirremolques a la empresa «Combustible Ecológicos».

 

En el mismo sentido, se otorgó la autorización de expendio al público de gas natural comprimido para uso vehicular en estación de servicio a dos empresas, una ubicada en Baja California y otra en Yucatán.

 

También se otorgó el permiso de transporte de gas natural comprimido por semi remolque a «NMX Transportes».

 

En la misma sesión, se le negó el permiso de distribución de gas natural por ducto de gas natural por medio de ducto en Yucatán a la empresa «Gas Natural Potosino».

 

Por último los comisionados aprobaron ampliar la vigencia de las tarifas para la prestación de servicio de distribución de gas natural por medio de ductos a la empresa «Consumidora Industrial de Otay».

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VITO_2
08/102021

Otorgan seis amparos contra la Ley de la Industria Eléctrica

Energía Eléctrica, Energía Renovable, Regulación, Últimas Noticias LIE

El Juez segundo especializado en Materia Económica otorgó seis amparos contra las modificaciones de la  Ley de la Industria Eléctrica (LIE).

 
https://youtu.be/APdiBICrouM

 

El día de hoy el juzgado segundo de distrito especializado en Materia Administrativa, Competencia Económica, Telecomunicaciones y Radiodifusión otorgó seis amparos contra la LIE.

 

Sin embargo, los seis amparos se otorgaron con efectos particulares, esto quiere decir que los efectos del amparo son únicamente para los quejosos y no para todos los actores del mercado eléctrico.

 

“En el caso, lo procedente es conceder el amparo para el efecto de que no se aplique a la parte quejosa el Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica”, se le en la sentencia publicada hoy.

 

El amparo otorgado a «Energía y Proyectos Eólicos SA de CV» es para dejar sin efectos los artículos 3, fracciones V, XII y XIV; 4, fracciones I y VI; 26; 53; 101; 108, fracciones V y VI, y 126, fracción II, y se adiciona la fracción XII Bis al artículo 3 del Decreto por que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de la Industria Eléctrica».

 

Julia González, asociada en González Calvillo comentó que «las sentencias no son firmes todavía y pueden ser recurridas por las autoridades».

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Copia de CRE 2
07/302021

Aprueba CRE controlar precio del gas LP

Gas, Regulación, Últimas Noticias CRE

La Comisión Reguladora de Energía autorizó una regulación para controlar los precios del gas LP, solicitada por la Secretaría de Energía.

 
https://youtu.be/qsG4TpbAhO0

 

Con voto unánime del órgano de gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) se autorizó el acuerdo por el que se establece la regulación de precios máximos para el gas LP para venta al usuario final.

 

Ayer la Secretaría de Energía (SENER) publicó hoy en el Diario Oficial de la Federación (DOF) la Directriz de Emergencia para el Bienestar del Consumidor del Gas Licuado de Petróleo (Gas LP).

 

En el documento la dependencia federal exhortó a la (CRE) a establecer una regulación para establecer precios máximos para el consumidor final del gas LP.

 

La SENER solicitó al regulador del mercado energético en el país a establecer dicha regulación en un plazo no mayor a tres días, el cual vence mañana.

 

La propuesta enviada por la CRE a la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) contempla las siguientes acciones.

 

Retomar las 145 regiones de precios, establecidas por la Secretaría de Economía, mismas que se encontraban vigentes hasta el 31 de diciembre de 2016 para fijar precios máximos de Gas LP.

 

Metodología que toma como referencia la estructura de costos de los permisionarios de Distribución de Gas LP por medio de planta de distribución, al ser la más representativa en el abasto de Gas LP y al contar con la mayor muestra del universo de permisionarios que ofrecen Gas LP al Usuario Final.

 

Cálculo de precios máximos en función de los servicios asociados a la actividad de Distribución de Gas LP mediante planta, así como por modalidad.

 

Fijación de precios máximos a partir de una fórmula de precios que incluye, precios de comercialización, costo de flete, un margen e impuestos.

 

Actualización y publicación semanal de los precios máximos de Gas LP al Consumidor Final.

 

Monitoreo de precios y reportes de información de volúmenes de venta de Gas LP al Usuario Final, mediante el Acuerdo A/022/2018.

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pemex
07/072021

Pública SENER criterios para cumplir con Política de Almacenamiento

Combustibles, Regulación, Últimas Noticias SENER

La SENER publicó los criterios a considerar para el cumplimiento de la Política de Almacenamiento Mínimo de Petrolíferos.

 

La Secretaría de Energía (SENER) publicó en su página web los criterios a considerar para el cumplimiento de la Política Pública de Almacenamiento Mínimo de Petrolíferos.

 

«Es facultad de la Secretaría de Energía garantizar y vigilar el adecuado suministro de combustibles en territorio nacional, por ello encamina sus actividades con base en los objetivos de la Política Energética».

 

La SENER emitió la Política Pública de Almacenamiento Mínimo de Petrolíferos (PPAMP), publicada el 12 de diciembre de 2017, modificada el 29 de noviembre de 2018 y el 6 de diciembre de 2019, y corresponde a la dependencia federal la interpretación de la misma.

 

En este sentido, se muestran algunos criterios que pueden orientar a los permisionarios en su cumplimiento:

 

  • El cumplimiento de la política debe permitir la disposición inmediata del producto para el caso de emergencia, esto es, los inventarios a liberarse deben de encontrarse almacenados de manera previa al suceso
  • El cumplimiento de la obligación es diario (considerando las 24 horas que tiene un día).
  • La infraestructura relacionada a la tanquería de distribución de petrolíferos no puede ser considerada para efectos del cumplimiento de almacenamiento mínimo estratégico de petrolíferos.
  • La figura de la subrogación no está prevista para el cumplimiento de la obligación de almacenamiento mínimo estratégico.
  • El reporte realizado para efectos de cumplimiento de la Política Pública de Almacenamiento Mínimo de Petrolíferos debe ser por cada sujeto obligado, una misma capacidad reservada no puede operar en función de 2 o más sujetos obligados.
  • En caso de incumplimiento de la obligación de contar con almacenamiento mínimo estratégico de petrolíferos traerá como consecuencia sanciones al sujeto obligado.
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renovables
05/122021

SCJN niega a COFECE suspensión definitiva contra reforma a la LIE

Energía Renovable, Regulación, Últimas Noticias SCJN

La SCJN dio trámite a la controversia constitucional promovida por COFECE contra la reforma a la LIE, sin embargo, negó la suspensión definitiva.

 

La controversia constitucional que promovió a la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) en contra del decreto que reforma a la Ley de la Industria Eléctrica (LIE) fue aceptada por la Suprema Corte de Justicia de la Nación (SCJN).

 

Sin embargo, la corte negó la suspensión definitiva a las reforma aprobadas por poder legislativo.

 

“Se admite a trámite la demanda, sin perjuicio de los motivos de improcedencia que puedan advertirse de manera fehaciente al momento de dictar sentencia.

 

“Se niega la suspensión solicitada por la Comisión Federal de Competencia Económica”, se expuso en una notificación publicada en los estrados electrónicos de la SCJN.

 

El ministro ponente, José Fernando Franco González Salas, aseguró que conceder la suspensión definitiva solicitada por el órgano regulador es inviable.

 

La Cofece promovió la controversia constitucional debido a que las las medidas contenidas en el decreto son contrarias a la Constitución y eliminan las condiciones necesarias para que exista una dinámica de competencia en el mercado eléctrico, lo que se traduciría en una perturbación en las condiciones de oferta de la electricidad, así como en daños al consumidor y a la economía en general.

 

“Era previsible que se negara la suspensión pues la ley reglamentaria del Artículo 105 constitucional prevé que no se otorgará la suspensión cuando las controversias se planteen respecto normas generales”, aseguró Julia González Romero, asociada en González Calvillo.

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Copia de CRE 2
04/192021

CRE retira proyecto de acuerdo para reanudar plazos y términos

Combustibles, Energía Renovable, Regulación, Últimas Noticias CRE

La CRE solicitó a la CONAMER retirar un proyecto de acuerdo en el que se reanudan los plazos y términos legales suspendidos por la emergencia sanitaria.

 

La Comisión Reguladora de Energía (CRE), solicitó ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) el retiro de un proyecto de acuerdo para reanudar los plazos y términos legales.

 

La solicitud de retiro fue ingresada por Héctor Hidalgo Rodríguez, Director General Adjunto de Normatividad y Consulta en Comisión Reguladora de Energía, bajo el argumento de que «derivado de la contingencia del COVI, se continuará con la suspensión de plazos».

 

Debido a la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19, el regulador suspendió hace un año los plazos y términos legales, lo cual ha causado una parálisis en el sector energético tanto en el sector eléctrico como de hidrocarburos.

 

En el proyecto de acuerdo publicado a inicios de semana se contemplaba reanudar los plazos debido a la baja en los contagios de SARS-COV2 en la Ciudad de México.

 

“Que derivado de las consideraciones anteriores, así como del semáforo del COVID-19 que permanece en color naranja determinado por el Gobierno de la Ciudad de México, en donde se encuentra ubicada la Comisión, se estima conveniente la reanudación de los plazos y términos legales que fueron suspendidos como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19 en el Acuerdo Núm. A/001/2021 publicado en el DOF el 18 de enero de 2021” se lee en el proyecto.

 

“Las actuaciones, requerimientos, solicitudes o promociones realizadas ante la Comisión Reguladora de Energía durante el periodo previsto en el Acuerdo señalado anteriormente, se entenderán realizadas al día hábil siguiente de la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación”.

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Chevron
04/162021

Onexpo estudia defensa legal contra reforma a Ley de Hidrocarburos

Combustibles, Regulación, Últimas Noticias Onexpo

La Onexpo informó que se encuentra estudiando la estrategia legal a seguir tras la aprobación en la Cámara de Diputados de la reforma a Ley de Hidrocarburos.

 

La Organización Nacional de Expendedores de Petróleo (ONEXPO), la agrupación de empresarios gasolineros más importante del país, anunció que estudian su defensa legal.

 

Ayer por la tarde, el pleno de la Cámara de Diputados aprobó en lo general y con lo votos de la mayoría de Morena, PES y PT, el decreto que reforma a la Ley de Hidrocarburos.

 

“Las empresas y grupos según su condición de permisionarios y en la escala de cada uno de ellos y de sus segmentos, estudian los medios de defensa previstos por el orden jurídico nacional”.

 

“Se analiza y valora entre otros, el aspecto relativo al alcance y los efectos de estas modificaciones y las medidas que cada unidad económica y la integridad del sector permiten”,  informó la agrupación.

 

Así mismo, informó que a la brevedad harán un posicionamiento sectorial detallado.

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Copia de CRE 2
04/152021

CRE reanudaría plazos y términos legales

Regulación, Últimas Noticias CRE

La CRE publicó un proyecto de acuerdo en el que se reanudan los plazos y términos legales suspendidos por la emergencia sanitaria.

 

La Comisión Reguladora de Energía (CRE), presentó ante la Comisión Nacional de Mejora Regulatoria (CONAMER) un proyecto de acuerdo para reanudar los plazos y términos legales.

 

Debido a la emergencia sanitaria por la pandemia de COVID-19, el regulador suspendió hace un año los plazos y términos legales, lo cual ha causado una parálisis en el sector energético.

 

“Que derivado de las consideraciones anteriores, así como del semáforo del COVID-19 que permanece en color naranja determinado por el Gobierno de la Ciudad de México, en donde se encuentra ubicada la Comisión, se estima conveniente la reanudación de los plazos y términos legales que fueron suspendidos como medida de prevención y combate de la propagación del coronavirus COVID-19 en el Acuerdo Núm. A/001/2021 publicado en el DOF el 18 de enero de 2021” se lee en el proyecto.

 

“Las actuaciones, requerimientos, solicitudes o promociones realizadas ante la Comisión Reguladora de Energía durante el periodo previsto en el Acuerdo señalado anteriormente, se entenderán realizadas al día hábil siguiente de la publicación del presente instrumento jurídico en el Diario Oficial de la Federación”.

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