- Máxima publicidad de los datos de los contratos.
- Inclusión en los contratos de Pemex TRI, de una cláusula de terminación anticipada sin penalidad, durante la implementación del PCC.
- Obligaciónpara Pemex TRI de enviar una oferta vinculante, misma que deberá respetarse a la firma del contrato.
- Uso de una referencia base para la presentación de ofertas a los usuarios por parte de Pemex TRI y los comercializadores, lo que facilita la comparación de ofertas por parte de los usuarios.
- Claridaden el proceso de implementación para la cesión, así como seguimiento de la misma
CRE
El pasado 3 de agosto, a través de la resolución RES/1705/2018, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó a Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) las tarifas máximas de almacenamiento de petrolíferos en los 60 aeropuertos en los que presta este servicio.
De acuerdo al órgano regulador, estas tarifas se caracterizan por considerar costos eficientes para la industria aérea. Previo a su publicación, la comisión realizó diversas rondas de consulta con representantes de la Asociación Internacional de Transporte Aéreo (IATA, por sus siglas en inglés), Asociación Latinoamericana y del Caribe de Transporte Aéreo (ALTA), Cámara Nacional de Aerotransportes (CANAERO), ASA, grupos aeroportuarios y comercializadores, a fin de considerar sus opiniones y sugerencias respecto a los parámetros utilizados en la metodología de cálculo tarifario.
Anteriormente a la aprobación de las tarifas de almacenamiento, ASA cobraba únicamente por el servicio de suministro y/o succión de combustible (servicio into-plane). Es de precisar que en los aeropuertos del resto del mundo se cobra tanto el servicio de suministro como el de almacenamiento de combustible.
Debido a que ASA cobraba únicamente el servicio de suministro a las aerolíneas, el organismo tenía que cubrir los costos asociados al servicio de almacenamiento, que representan aproximadamente 656.9 millones de pesos anuales (cifra obtenida con base en información de 2016). Ahora, con la aprobación de las tarifas de almacenamiento, ASA podrá percibir los ingresos por este concepto.
Así, con el fin de impulsar la consolidación del mercado de turbosina y aplicar tarifas eficientes, la metodología tarifaria de la Comisión consideró parámetros de costos de inversión de diversas fuentes representativas de la industria internacional, así como de 25 proyectos de almacenamiento con distintas capacidades que han sido desarrollados en el país.
La metodología utilizada para la determinación de las tarifas máximas tomó en cuenta los siguientes elementos:
- Capacidades óptimas que deberían tener las instalaciones de almacenamiento operadas por ASA en función de la demanda observada en 2017 para cada aeropuerto. Para esta determinación se tomó en cuenta la Guía de la IATA para la Capacidad de Almacenamiento de Combustible en Aeropuertos (Guidance on Airport Fuel Storage Capacity).
- El valor de los activos y los costos de operación, mantenimiento y administración de cada terminal de almacenamiento de ASA, tomando como referencia las capacidades óptimas.
- Rentabilidad razonable para ASA con base en lo establecido en el artículo 82 de la Ley de Hidrocarburos.
Como resultado de la metodología tarifaria de la Comisión, el costo promedio ponderado de la tarifa máxima aprobada a ASA es de 0.150 pesos por litro, el cual es 52% menor a la tarifa promedio de almacenamiento en aeropuertos a nivel internacional, equivalente a 0.312 pesos por litro, con base en información de IATA.
Dicha referencia consolida información de alrededor de 80 aeropuertos internacionales de Estados Unidos, América del Sur y Europa, como Washington Dulles (0.186 pesos por litro), San Diego (0.246 pesos por litro), Seattle (0.345 pesos/litro), Cali (0.626 pesos/litro), Lima (0.695 pesos/litro), Madrid (0.184 pesos/litro) y Zurich (0.187 pesos/litro), entre otros.
Es de precisar que la inclusión del concepto de almacenamiento dentro de la estructura de precios de la turbosina en México, representa un aumento aproximado de 1.1% sobre el precio total del combustible con respecto al esquema anterior y un aumento de 0.34% en el costo promedio para las aerolíneas y por ende de los boletos de avión. Los componentes del precio de la turbosina se muestran a continuación:
*Para la tarifa into plane, se tomó como referencia la tarifa publicada el 21 de abril de 2014 por la Secretaría de Hacienda y Crédito Público.
Durante su sesión extraordinaria del viernes, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) otorgó el permiso para que 10 empresas desarrollen proyectos de generación de energía eléctrica.
Las inversiones de estos proyectos se calculan en más de dos mil millones de dólares.
Las empresas autorizadas por el órgano regulador son:
Ciclo Combinado La Charrería solicitó poner en marcha una planta de ciclo combinado con mil megawatts (MW) de capacidad en Juanacatlán, Jalisco con una inversión de 135.8 millones de dólares.
Elawan Wind Mexico I hará un complejo eólico de 88.2 MW en Yucatán con inversión de 135.8 millones de dólares.
Ferrogranos México y Polímeros y Derivados desarrollarán proyectos de cogeneración: el primero será de 1.8 MW en Coahuila y otro de 5MW en Guanajuato.
Iberdrola Energía Monterrey hará lo propio con una planta de ciclo combinado de mil 204.8 MW en Veracruz.
Químicos y Plásticos Centurión apostó por la tecnología de gas natural en Hidalgo.
NP Energía Aguascalientes generará electricidad a partir de combustión interna en Aguascalientes.
Y por último FRV Potrero Solar, Palo Fierro Solar y Parque Solar Alsacia con 270 MW, 80 MW y 300 MW, respectivamente.
El Órgano de Gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó, en la sesión del 3 de agosto, el primer permiso de almacenamiento de petrolíferos en la Administración Portuaria Integral (API) de Altamira, Tamaulipas, bajo la figura de ampliación de objeto a petrolíferos del contrato de cesión parcial de derechos. El proyecto será desarrollado y operado por la empresa Cooper/T. Smith de México y representa una inversión de aproximadamente mil 341 millones de pesos.
La figura de ampliación de objeto a petrolíferos permite el almacenamiento de petrolíferos en áreas de las API que anteriormente eran destinadas al almacenamiento de otro tipo de productos. Esta figura contribuye a la expansión de la infraestructura que se requiere para tener disponibles los combustibles que demanda la población.
La terminal de almacenamiento aprobada tendrá una capacidad operativa de 480 mil 824 barriles, misma que la empresa operadora pondrá a disposición de terceros interesados.
Con el permiso aprobado por la CRE, la empresa Cooper/T. Smith de México, está en condiciones de avanzar en el proceso para la obtención de permisos para así iniciar la construcción de la terminal.
En el panel «Terminales de almacenamiento y distribución de combustible, ¿Qué sigue?» del Encuentro Internacional de Energía México 2018, expertos en el tema compartirán su visión sobre el futuro de este sector. El registro esta abierto en: https://encuentroenergia.mx/registro-paneles/
El Órgano de Gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó las nuevas tarifas de almacenamiento que Aeropuertos y Servicios Auxiliares (ASA) cobrará a terceros interesados en usar alguna de sus 60 terminales para almacenamiento de combustibles de aviación instaladas en los distintos aeropuertos del país.
Anteriormente, ASA tenía la exclusividad como comercializador y suministrador de turbosina en México. Actualmente, se permite que empresas distintas a ASA participen en estas dos actividades y que, para ello, tengan opción de utilizar la capacidad de almacenamiento en cualquiera de las terminales dentro de los aeropuertos del país, e inclusive realizar convenios de inversión con ASA para construir nueva infraestructura.
Es importante mencionar que el acceso para el uso común de los tanques de almacenamiento de ASA, representa un paso importante para consolidar un mercado competitivo de turbosina, y con ello fortalecer la operación de la industria aérea.
Con el uso común de los tanques de almacenamiento se hizo necesario contar con tarifas que reflejaran el costo de este servicio. Así, previo a la aprobación de las nuevas tarifas de almacenamiento, la CRE mantuvo un diálogo permanente con ASA, las cámaras que forman parte de la industria aérea y comercializadores a fin de identificar las necesidades del sector aeronáutico y, con base en ello, diseñar tarifas que contribuirán en el fortalecimiento de esta industria.
Estas nuevas tarifas reflejan costos eficientes y se prevé tendrán un impacto positivo en los estados financieros de ASA permitiéndole revertir pérdidas económicas y percibir ingresos por un servicio que hasta ahora no cobraba.
Asimismo, la apertura para uso común del servicio de almacenamiento en los aeropuertos, permite que haya más suministradores del combustible para la aviación, incentivando a que cada uno ofrezca mejor calidad en el servicio en beneficio del usuario final.
Con las tarifas de almacenamiento aprobadas por la CRE, el costo de dicho servicio representará, en promedio, alrededor de uno por ciento del precio de la turbosina antes de impuestos y se estima que tendría un impacto en los costos de las aerolíneas de 0.34 por ciento, en promedio.
ASA empezará a cobrar dichas tarifas a partir del momento en que una aerolínea contrate con un comercializador distinto a este organismo el suministro del combustible, y el comercializador a su vez, contrate con ASA el servicio de almacenamiento.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó en su sesión ordinaría la entrada de tres empresas privadas al mercado de suministro eléctrico básico, por lo que podrán competir contra la Comisión Federal de Electricidad (CFE) para la comercialización de energía eléctrica en hogares y comercios.
Las empresas autorizadas son: BH Energy Supply, Enlace y Representación Gubernamental T&M, Suministro Básico del Centro SUBACE y Cooperativa LF del Centro.
De acuerdo al órgano regulador, hasta el momento 15 empresas han solicitado autorización para comercializar la energía eléctrica generada por los privados que participaron en las Subasta de Largo Plazo.
Con esta autorización, los clientes tendrán más opciones para elegir con quien contratar su servicio de energía eléctrica además de tener opciones de interconexión para la generación distribuida.
El Órgano de Gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó la propuesta del Centro Nacional de Control de Gas Natural (CENAGAS) para una nueva división de zonas tarifarias del SISTRANGAS que pasa de seis a nueve zonas tarifarias.
Con la apertura del mercado de gas natural, se ha vuelto relevante para los usuarios del SISTRANGAS pagar una tarifa de transporte acorde a la distancia recorrida. La nueva zonificación busca reflejar con mayor precisión los costos asociados a transportar gas natural entre las distintas partes del territorio nacional. Con esta decisión, la CRE contribuye al fortalecimiento de la seguridad energética del país, al generar condiciones competitivas para incrementar la producción nacional de gas natural, el combustible más eficiente en términos de costo e impacto ambiental para la generación eléctrica y numerosos procesos industriales.
Para cumplir con el objetivo de que los usuarios paguen una tarifa de transporte acorde a la distancia recorrida, fue necesario ampliar a nueve el número de zonas tarifarias. Las tarifas fueron definidas tomando en cuenta la infraestructura existente y los flujos comerciales de gas natural, lo que permitirá reflejar el costo de trasladar el gas natural a las distintas regiones del país. Así, las tarifas asignadas a cada una de las nuevas zonas fueron determinadas bajo una metodología basada en los costos asociados a la distancia y capacidad reservada de cada zona.
Dichas tarifas entrarán en vigor el 1 de octubre y estarán vigentes hasta el 31 de diciembre de 2018. Mientras tanto, seguirán aplicando las tarifas aprobadas en la RES/2675/2017 para el periodo del 1 de agosto al 30 de septiembre de 2018.
Las nuevas zonas están representadas gráficamente en el siguiente mapa:
El SISTRANGAS está compuesto por siete permisos de transporte que, en suma, acumulan una red de ductos de transporte de gas natural de 10 mil 55 kilómetros.
Es importante mencionar que, en el contexto de la nueva división de zonas tarifarias, existen las condiciones necesarias para ofrecer certidumbre para la operación de los sistemas que integran el SISTRANGAS, para el CENAGAS como gestor y para los usuarios de dicho Sistema.
Para el caso particular de los sistemas que integran el SISTRANGAS, la rezonificación tarifaria no representa cambios en los ingresos autorizados en sus respectivos planes quinquenales.
Por otro lado, los usuarios del SISTRANGAS pueden tener la seguridad de que dicha rezonificación tarifaria se mantendrá mientras las condiciones técnicas del sistema no cambien, lo cual les permitirá tomar decisiones en un ambiente de estabilidad, certeza jurídica y comercial.
Asimismo, las tarifas mejorarán las señales económicas tendientes a la producción nacional cercana a los centros de consumo, al reflejar el costo de transporte del gas natural dentro de las nuevas zonas, incluyendo el costo de importación del gas natural. Este desarrollo tendrá un impacto social y económico favorable para la población, sobre todo en el sur del país, al incrementar la disponibilidad de este combustible que resulta económico y limpio para su uso a nivel residencial, industrial y en la generación eléctrica.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE), anunció que puso a disposición del público en general la aplicación para smartphones AmiGas Lp.
AmiGasLP es una aplicación tecnológica que permite a los consumidores localizar a los distribuidores de gas LP que dan servicio en sus localidades y zonas aledañas, comparar precios y evaluaciones de calidad realizadas por otros usuarios, así como verificar si los distribuidores cuentan con el permiso de la CRE y si los vehículos que utilizan cuentan con el permiso correspondiente.
Esta aplicación tecnológica ya está disponible en las tiendas de Apple Store y Google Play de manera gratuita. Los usuarios que descarguen AmiGasLP tendrán acceso a las siguientes funcionalidades:
En la sección “Encuentra tu distribuidor”:
- Búsquedas por localidad
- Números de contacto para realizar pedidos
- Filtrar los resultados para visualizar únicamente a los distribuidores que realicen ventas mediante auto-tanque o recipientes transportables
- Información sobre las capacidades de los cilindros que ofrecen los distribuidores
- Realizar reportes ciudadanos en la sección “Encuentra tu distribuidor” si:
- El precio de venta es superior al precio que muestra la aplicación
- Los distribuidores niegan el servicio
- No entregaron nota o recibo de compra
- El teléfono de contacto es incorrecto
- El teléfono de emergencias es incorrecto
En la sección “Verificar autorización de vehículo”:
- Para verificar que los vehículos utilizados para llevar el gas LP cuenten con autorización de la CRE:
- Se deben ingresar las placas del vehículo
- Si el vehículo cuenta con autorización, AmiGasLP mostrará el permiso y la marca comercial que deben estar rotulados en el mismo
- Para realizar reportes ciudadanos en la sección “Verificar autorización de vehículo” si:
- El vehículo no cuenta con autorización, con la opción de incluir fotografías del vehículo
- El vehículo cuenta con autorización, pero los datos registrados no corresponden con los rotulados
Finalmente, incluye una sección sobre consejos para un uso más eficiente y seguro del gas LP.
Con esta aplicación, la CRE fomenta nuevas herramientas para que los consumidores cuenten con información que les permita tomar las mejores decisiones de compra en el mercado de gas LP.
La Comisión General de Electricidad (CFE) de desistió de ampararse contra las Disposiciones Generales de Distribución por parte de la Comisión Reguladora de Energía (CRE).
Con esto, los hogares podrán generar su propia electricidad y venderla a la empresa productiva del estado, quien estará obligada a comprársela siempre y cuando se cumplan con las especificaciones del manual e interconexión.
De acuerdo a información de la Asociación Nacional de Energía Solar (ANES) en nuestro país se frenaron inversiones por 200 millones de dólares en energía distribuida debido al amparo de la CFE.
La generación distribuida permite que los usuarios instalen pequeños equipos generadores de energía en sus hogares o negocios para satisfacer su demanda de energía y el excedente sea comprado por la empresa suministradora.
La Comisión Reguladora de Energía (CRE) autorizó a la empresa Porter FG México a construir y almacenar petrolíferos en el estado de Colima.
Con esta autorización la empresa podrá construir la infraestructura necesaria en el puerto de Manzanillo para almacenar y distribuir hidrocarburos en el occidente del país.
La terminal de almacenamiento tendrá una capacidad de 870 mil barriles, además de una terminal marítima para recibir buques tanque con capacidades de hasta 320 mil barriles.
Adicionalmente, contará con un alcance en la ciudad de Guadalajara donde se construirá una terminal de almacenamiento y reparto con capacidad de 300 mil barriles, los cuales será transportados de Manzanillo a Guadalajara vía carro tanque.
Para ello, Porter FG México invertirá tres mil 500 millones de pesos.