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competencia

gas
09/032018

CRE facilita la participación de nuevos comercializadores en el mercado de gas natural

Gas, Regulación, Últimas Noticias competencia, CRE, gas natural
El Órgano de Gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó que las Fases II y III del PCC se realicen en una sola Fase Final y determinó las características que ésta deberá presentar.
En enero del 2017, la CRE aprobó el procedimiento para la implementación del PCC, instrumento creado en 2016 conforme a las mejores prácticas internacionales en la materia. Es un instrumento que promueve la entrada de nuevos participantes a la industria del gas natural en beneficio de los sectores eléctrico, industrial, servicios y usuarios residenciales.
En él se establecía que, en un periodo máximo de cuatro años, Pemex TRI debía poner a disposición de terceros comercializadores la parte de su cartera de contratos que representara el 70 por ciento del total del volumen de gas natural asociado a sus actividades de comercialización. Asimismo, el procedimiento estipuló que los usuarios de comercialización podrían elegir permanecer con Pemex o seleccionar a otro comercializador sin penalidad.
Con base en dicho procedimiento, el PCC debía instrumentarse en tres fases. El 1 de febrero del 2017, inició la Fase I del PCC con un evento público en el cual se seleccionaron, mediante una tómbola, los contratos que representaban el 31 por ciento del volumen de comercialización a permanecer con Pemex TRI y el 21.3 por ciento de lo que se debía poner a disposición de terceros comercializadores en esta primera Fase, garantizando en todo momento la libertad contractual de los adquirentes para elegir al comercializador de su preferencia.
A marzo de 2018, Pemex TRI había cedido más de 30 por ciento del volumen de gas natural que comercializaba al inicio del PCC, más de 10 puntos porcentuales por arriba de lo esperado.
Debido a que los resultados de la Fase I fueron favorables, la CRE decidió unificar las Fases II y III en una única Fase Final, la cual consiste en que Pemex TRI ponga a disposición de terceros comercializadores el 25.13 por ciento de su cartera de contratos de comercialización correspondientes a las Fases II y III que a la fecha todavía son suministrados por Pemex.
La implementación de la Fase Final retoma algunos de los elementos de la Fase I a fin de darle continuidad:
  1. Máxima publicidad de los datos de los contratos.
  2. Inclusión en los contratos de Pemex TRI, de una cláusula de terminación anticipada sin penalidad, durante la implementación del PCC.
  3. Obligaciónpara Pemex TRI de enviar una oferta vinculante, misma que deberá respetarse a la firma del contrato.
  4. Uso de una referencia base para la presentación de ofertas a los usuarios por parte de Pemex TRI y los comercializadores, lo que facilita la comparación de ofertas por parte de los usuarios.
  5. Claridaden el proceso de implementación para la cesión, así como seguimiento de la misma
Cabe destacar que, los usuarios de comercialización pueden seguir eligiendo permanecer con Pemex o seleccionar a otro comercializador sin penalidad.
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marino
07/112018

Modificar rondas impactaría competencia: Platts

Hidrocarburos, Últimas Noticias competencia, licitaciones, México, rondas

Frenar o cambiar las condiciones de las rondas de licitación de áreas de exploración y producción en nuestro país, podría afectar la atracción de inversiones en el sector, aseguró Javier Díaz, director de Energía, Análisis y Consultoría de S&P Global Platts.

 

Nuestro país ha sido capaz de atraer muchas empresas a las primeras rondas de licitación y con ello la competencia por los bloques. En la primera licitación, tan solo se adjudicaron 2 bloques, sin embargo, conforme paso el tiempo y se realizaron las adecuaciones necesarias, se llegaron a otorgar hasta el 100% de las áreas.

 

México enfrenta un entorno de gran competencia en las licitaciones de áreas de exploración y producción, ya que Brasil, Colombia, Ecuador y Uruguay están buscando atraer nuevas inversiones en upstream.

 

Un cambio en las condiciones en las que México ha venido desarrollando las rondas podría provocar que las empresas que hoy están aquí se muden a otros países.

 

Durante su participación en el Foro de Energía de S&P Global Platts, Díaz, señaló que las condiciones claves, que no deben de modificarse son, el programa mínimo de trabajo, la duración de los contratos y las condiciones mínimas para participar.

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gas
06/202018

Cofece publica recomendaciones para generar mayor competencia en el mercado del gas LP

Gas, Últimas Noticias COFECE, competencia, CRE, gas LP, mercado

En las distintas actividades de la industria mexicana del gas licuado de petróleo (Gas LP) –importación, transporte, almacenamiento, distribución y venta final–, existen importantes áreas de oportunidad para introducir más competencia, incrementar el número de participantes y con el tiempo, lograr que los usuarios tengan mejores precios en el suministro de este combustible, utilizado por 76% de las familias del país. Además, los aumentos en el precio de Gas LP tienen efectos regresivos importantes en los hogares más pobres de México, que en términos porcentuales destinan para comprarlo 3.5 veces más de su gasto que las familias de mayores recursos.

Por su impacto en el bolsillo de los mexicanos, en el documento Transición hacia Mercados Competidos de Energía: Gas LP, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) emite recomendaciones a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y a otros organismos públicos con el fin de lograr mayor competencia. De acuerdo con cálculos de la COFECE, un aumento en el número de competidores tiene como impacto reducciones relevantes en el precio promedio final; por ejemplo, cuando en una región se incrementa de uno a dos el número de distribuidores, los precios pueden ser menores hasta en 6.5%.

En enero de 2017 se liberalizaron los precios de venta al público de Gas LP, después de 11 años de estar determinados por una política de precios máximos. En ese tiempo, estos fueron definidos por la Secretaría de Economía a partir de un cálculo que, en gran medida, estuvo desvinculado del precio de referencia internacional de la molécula. Hoy, los precios se fijan libremente por los permisionarios, considerando las cotizaciones del Gas LP en el mercado internacional, así como los costos de cada una de las actividades que son necesarias para llevar el combustible desde su lugar de producción hasta las áreas de consumo: producción o importación e internación, comercialización, transporte, almacenamiento y distribución, más el margen de venta.

Sin embargo, en el transcurso del año pasado, los precios del Gas LP aumentaron en promedio 8% en las distintas regiones del país. Con independencia de la investigación en curso liderada por la Autoridad Investigadora de la COFECE ante la posible existencia de conductas anticompetitivas en la distribución y comercialización de este combustible, el documento referido analiza alternativas de política pública para que las empresas existentes enfrenten mayor competencia, condición que traería como efecto una baja estructural del precio.

En la internación de este combustible, el estudio documenta un incremento en las importaciones, que entre 2000 y 2015 representaron 30% del consumo total, pero ante la caída de la producción nacional y la entrada de particulares a esta actividad (reservada al Estado hasta antes de la apertura) aumentaron a 60% a finales de 2017. Llama la atención que, ante este nivel de importaciones, no exista información pública respecto de los precios de internación, es decir, aquellos a los que las empresas, tanto Pemex como privadas, compran el combustible en el extranjero y lo ingresan al país. Esto imposibilita el análisis del margen de comercialización de las empresas que lo importan y venden a los consumidores finales.

El trabajo también señala que existe un número reducido de grupos que participan simultáneamente en todas las actividades de la cadena, desde la importación hasta la venta de Gas LP al usuario final. Si bien dicha integración vertical puede ser benéfica por las eficiencias que estas empresas generan en su operación, también es una condición que inhibe la entrada de nuevos participantes. Por ejemplo, con la liberalización de las importaciones en 2016, el mercado se concentró aún más, muy probablemente porque solo unos cuantos grupos económicos tienen la capacidad de internar y almacenar dicho producto para luego comercializarlo.

A partir de la evidencia recabada, el documento expone que podría haber en el país capacidad subutilizada de transporte y almacenamiento de esta molécula en manos de Pemex y de unas cuantas empresas privadas. Infraestructura que no está pudiendo ser aprovechada por otros jugadores, lo cual puede impedir su entrada al mercado o elevar sus costos de operación. En este sentido, se hacen recomendaciones a la CRE, para que tanto Pemex como las empresas privadas del sector, se apeguen cuanto antes a los ordenamientos de la Ley de Hidrocarburos de forma que compartan su infraestructura como vía para fomentar la entrada de nuevos competidores, sobre todo si se considera que existe: 1) una subutilización en la infraestructura de transporte por ducto y almacenamiento de Gas LP; 2) la obligación legal de publicar capacidades y operaciones de infraestructura que, en la actualidad, no se cumple; y 3) la obligación de realizar Temporadas Abiertas para asignar capacidades de infraestructura no utilizadas, contempladas en el marco regulatorio.

Asimismo, a pesar de la apertura, en el último eslabón de la cadena, la distribución y expendio al consumidor final, tampoco se ha observado un incremento importante de participantes. En 2015 cinco grupos económicos concentraban aproximadamente 48% del mercado a nivel nacional, en 2016 se mantuvo este nivel y en 2017 aumentó a 53%. Estas concentraciones de mercado se profundizan a nivel regional en la distribución del combustible, destacan las de Yucatán, Baja California Sur y la región del Pacífico.

Específicamente, en el documento Transición hacia Mercados Competidos de Energía: Gas LP la COFECE recomienda a la CRE en materia de:

  • Importaciones: recopilar y publicar datos acerca del movimiento de precios en el punto de internación con base en los datos recogidos en las aduanas, con el objetivo de tener información confiable sobre los márgenes de venta de las empresas de Gas LP.
  • Comercialización: suspender o no dar permisos a aquellos agentes que estén verticalmente integrados (participación cruzada) y que no soliciten la opinión favorable de la COFECE como lo mandata la Ley de Hidrocarburos en términos del artículo 83.
  • Transporte y almacenamiento:
    • Garantizar el acceso abierto a los ductos y terminales de almacenamiento, propiedad de Pemex y privados, a todo el que lo requiera.
    • Que Pemex y particulares cumplan con su obligación de publicar la información sobre la capacidad efectivamente utilizada en cada sistema de ductos y terminal de almacenamiento para identificar problemas de subutilización y/o restricción artificial. De no hacerlo, se apliquen las sanciones correspondientes.
    • Revisar los casos en los que proceda realizar Temporadas Abiertas para asignar la capacidad no utilizada.
    • Imponer regulación a los almacenistas privados de Gas LP, homologando las obligaciones de acceso abierto a sus terminales de almacenamiento a las que existen en el transporte por medio de ductos.
  • Distribución: Imponer a los distribuidores que contraten o tengan vínculos comerciales con comisionistas la obligación de reportar precios y cantidades vendidas a través de estos agentes económicos.

En materia de venta al público, la COFECE también recomienda:

  • A DICONSA, valorar la posibilidad de utilizar todas sus tiendas como puntos de venta de Gas LP a través de licitaciones públicas con un alcance regional para elegir al suministrador que asegure las mejores condiciones de precio y servicio en esas tiendas.
  • A las autoridades competentes, gobiernos y legislaturas locales eliminar barreras al establecimiento de expendios de Gas LP incluidas en las legislaciones locales.

Como se aprecia en el documento, una transición exitosa a un mercado abierto y competido exige tanto información detallada y confiable sobre las actividades de importación, comercialización, transporte, almacenamiento y venta de Gas LP al consumidor final, como la estricta aplicación de la regulación que contempla la Ley de Hidrocarburos.

Solo facilitando la entrada de más jugadores (como empresas nuevas o existentes) a las distintas regiones del país; aprovechando al máximo la capacidad instalada de la infraestructura de ductos y almacenamiento existente, y la aplicación estricta de la regulación vigente en todos los eslabones de la cadena, a los mexicanos se les podrán garantizar condiciones que lleven a los mejores precios posibles en el mercado.

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