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gas LP

gas lp
06/112020

Anuncia Profeco operativo especial para verificar estaciones de Gas LP

Gas, Últimas Noticias gas LP

Profeco informó que la empresa CobraGas en Chalco se negó a que se le practicara la verificación.

 

El Procurador Federal del Consumidor (Profeco), Ricardo Sheffield Padilla, informó que dos estaciones de gas L.P en el Estado de México y una Michoacán se negaron a ser verificadas, por lo que anunció una nueva visita ahora con apoyo de la Fiscalía General.

 

Al ofrecer el reporte semanal del Quién es Quién en los Precios de los Combustibles, el titular de la Profeco mencionó el caso específico de CobraGas, con domicilio en Avenida Guadalupe Posadas 40, Ampliación Santa Catarina, Valle de Chalco, Estado de México.

 

“No puedo dar la hora exacta ni el día de la visita pero tengan la certeza de que pronto estaremos en Chalco visitando a estos expendedores de gas L.P, que claramente algo delictivo quieren ocultar”, dijo el funcionario federal.

 

Comentó que el pasado 1 de junio la Profeco, en coordinación con el Centro Nacional de Inteligencia, la Guardia Nacional, la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y la Agencia de Seguridad, Energía y Ambiente (ASEA) realizaron un operativo especial a la mencionada planta, pero los empleados impidieron la visita aun cuando se les notificó de la facultad para atender este tipo de diligencia.

 

Otra estación que se negó a la verificación es: Gas Mil Cumbres, con domicilio en Km. 85+700 Carretera Toluca-Morelia No. 15, en Zitácuaro, Michoacán. En este caso también habrá otra visita con apoyo de la Guardia Nacional.

 

En una revisión a la gasera Energía del Centro, Energía Ecológica, en la colonia Ejidos de Tequisistlán, en Acolman, Estado de México, se encontraron faltantes de peso en 88 recipientes de 20 kilogramos y 17 de 30 kilogramos, que iban desde 640 gramos hasta mil 260 gramos . Ante ello, se aplicó inmovilizaron los 105 recipientes que transportaban 5 vehículos.

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03/062019

Investiga COFECE posibles prácticas monopólicas relativas en el mercado de gas LP

Gas, Últimas Noticias COFECE, gas LP
La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE ) publicó hoy, en el Diario Oficial de la Federación y en su portal de internet, el aviso de inicio de una investigación por denuncia, por la posible realización de prácticas monopólicas relativas en el mercado de la importación, comercialización, transporte, almacenamiento, distribución y expendio al público de gas licuado de petróleo (gas LP) en territorio nacional.  De acuerdo al regulador, las «prácticas monopólicas relativas» son los actos, contratos, convenios o procedimientos que realizan los agentes económicos con poder sustancial con el objeto o efecto de desplazar indebidamente a otros agentes del mercado, impedir su acceso o establecer ventajas exclusivas a favor de uno o varios agentes económicos.  Como ejemplo de estas prácticas se encuentran las compras o ventas atadas, la discriminación de precios, la elevación de los costos a otros agentes económicos, la negativa de trato, entre otras, dijo el organismo en un comunicado.  La COFECE ha señalado que el mercado de gas LP es de vital importancia económica y social debido a que es el principal combustible empleado en los hogares.  Por lo tanto, se busca que las actividades de importación, almacenamiento, distribución y expendio al público se realicen en un entorno de competencia.  El regulador informó que la indagatoria con expediente DE-044-2018 se inicio el 21 de enero de 2019.  El periodo para esta etapa es de hasta 120 días hábiles, contados a partir del inicio, el cual podrá ser ampliado hasta por cuatro ocasiones adicionales.  COFECE precisó que al término de la investigación no se encuentran elementos que presuman la realización de una práctica anticompetitiva, el Pleno podrá resolver que el expediente se cierre. En caso de que existan elementos objetivos que presuman una violación a la Ley, quienes resulten responsables serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que presenten su defensa.  De comprobarse la realización de una práctica monopólica relativa, el o los agentes económicos responsables podrían ser sancionados con multas de hasta el 8% de sus ingresos y la orden de suprimir la conducta. En el caso de las personas físicas que hayan participado directa o indirectamente, en representación o por cuenta y orden de las empresas en dichas prácticas, podrían recibir sanciones equivalentes a 200 mil veces el salario mínimo general diario vigente en la Ciudad de México, inhabilitación para ejercer cargos de dirección hasta por 5 años y para los coadyuvantes multas de hasta 180 mil UMAs.  Adicionalmente, se aclara que esta indagatoria es independiente a la que se realiza por Prácticas Monopólicas Absolutas en la distribución y comercialización de gas LP iniciada en agosto de 2017, misma que sigue en curso.
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gas lp
09/212018

CRE aprobó nuevos permisos para la distribución de gas

Gas, Últimas Noticias CRE, distribución, gas LP, México

El órgano regulador de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó tres permisos para la distribución de gas LP por medio de auto-tanques que no pertenecen a ninguno de los grupos distribuidores de la industria de gas LP ya establecidos, por lo cual participarán en el mercado con sus propias marcas.

Esta modalidad no está condicionada a la disposición de una planta de distribución, pero deben cumplir con las mismas medidas de seguridad que el resto de los distribuidores. Asimismo, los interesados pueden elegir la ruta de distribución que más les convenga para la venta del combustible con el incentivo de ser eficientes para competir en precios con los distribuidores ya establecidos.

Por otro lado, mediante la figura de distribución por medio de auto-tanques, los competidores pueden realizar la distribución de gas LP sin tener que disponer de infraestructura de almacenamiento o guarda de este combustible. Es de precisar que los distribuidores con la figura de auto-tanques deben adquirir el producto únicamente con las empresas que cuenten con el permiso correspondiente de la CRE.

El 4 de mayo del año en curso, la CRE autorizó el primer permiso para la distribución de gas LP por medio de auto-tanques. El 13 de septiembre, la Comisión aprobó dos permisos más.

Mediante la operación de estos nuevos permisos, se beneficiarán usuarios de la Ciudad de México, Estado de México, Hidalgo, Puebla y Tlaxcala.

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09/182018

CRE aprueba dos permisos de distribución de gas LP en Baja California

Gas, Últimas Noticias Baja California, CRE, gas LP

El Órgano de Gobierno de la Comisión Reguladora de Energía (CRE) aprobó dos permisos de distribución de gas LP mediante planta de distribución, a las empresas Sonigas y Baja Gas and Oil de México, ubicadas en los estados de Baja California y Baja California Sur, respectivamente.

La aprobación de estos permisos es relevante porque se trata de la llegada de nuevos agentes económicos en zonas en las que antes no tenían participación. Se espera que esta incursión en ambas entidades resulte en una mayor competencia, particularmente en Baja California Sur, entidad donde únicamente participaban dos GIE.

A partir de la liberación del precio del energético, en enero de 2017, los participantes de esta industria mostraron mayor interés por incursionar en regiones del país donde no tenían presencia. De 2017 a la fecha, el 60 por ciento de los permisos de expendio al público y distribución del gas LP que ha otorgado la CRE, están ubicados en zonas donde anteriormente el solicitante no tenía participación de mercado.

Entre enero y agosto de 2017, la CRE registró 118 permisos de expendio al público y distribución. Este número aumentó a 139 en el mismo periodo de 2018. Así, la CRE observó un incremento de 18 por ciento en el otorgamiento de este tipo de permisos.

Asimismo, la Comisión ha otorgado tres permisos de distribución de gas LP por medio de auto-tanque que no pertenecen a ningún grupo dentro de la industria de gas LP, por ello, participarán como nuevos competidores.

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gas lp
08/062018

INAI ordena a Pemex Logística informar sobre costo de importación del gas LP

Gas, Últimas Noticias gas LP, importación, INAI, Pemex Logística

El Instituto Nacional de Transparencia, Acceso a la Información y Protección de Datos Personales (INAI) instruyó a Pemex Logística asumir competencia y buscar en sus archivos el costo de logística para importar Gas Licuado de Petróleo (Gas LP) a la terminal de almacenamiento y distribución ubicada en Rosarito, Baja California.

 

El sujeto obligado también es competente y deberá buscar el costo de traer el combustible desde Estados Unidos al resto de las terminales que se encuentran en las ciudades fronterizas con Estados Unidos.

 

Al presentar el asunto ante el Pleno, el comisionado Carlos Alberto Bonnin Erales afirmó que “al transparentar los procesos de compra, almacenamiento y despacho de este hidrocarburo se genera información útil, para que el sector público, privado, académico y la sociedad civil puedan conocer de los procesos de importación y exportación de los hidrocarburos”.

 

El comisionado destacó que, de acuerdo con las estadísticas de Pemex hasta junio de 2018, se importaron 55.8 millones de barriles diarios de Gas LP. Además, según datos de la Secretaría de Energía, los estados fronterizos consumieron 42.1 millones de barriles diarios de gas LP importados.

 

“La importancia de este hidrocarburo reside en que es utilizado por el 75 por ciento de hogares mexicanos. La Secretaría de Energía advirtió que el 57.7 por ciento de la demanda nacional correspondía al sector residencial; el 15.2 por ciento al sector de servicios y el 14.1 por ciento al sector de auto transporte; en promedio un mexicano consume aproximadamente 74 kilogramos de este combustible al año”, apuntó.

 

Bonnin Erales añadió que el involucramiento de la sociedad civil y el sector privado, a partir del ejercicio del derecho a la información, es una herramienta poderosa para conseguir mejores condiciones en la compra, transformación y distribución efectiva de los recursos naturales, como un elemento para detonar mayor competitividad en el ramo energético.

 

Pemex Logística se declaró incompetente para proporcionar la información requerida; en ese sentido, orientó a la particular a presentar su solicitud al Centro Nacional de Control del Gas Natural.

 

Inconforme, la particular interpuso un recurso de revisión ante el INAI, en el que manifestó que, en respuesta a una solicitud semejante, Petróleos Mexicanos señaló que, de acuerdo con sus atribuciones, Pemex Logística debía conocer de lo requerido.

 

En alegatos, el sujeto obligado señaló que en los artículos 3 y 4 de su Estatuto Orgánico no contempla de manera expresa la facultad en materia de importaciones, toda vez que dicha atribución era exclusiva de Pemex Transformación Industrial.

 

En el análisis del caso, a cargo del comisionado Carlos Alberto Bonnin Erales, se determinó que el sujeto obligado sí tiene competencia para conocer la información solicitada.

 

De acuerdo con su normatividad, Pemex Logística se encarga de prestar el servicio de transporte y almacenamiento de hidrocarburos, petrolíferos y petroquímicos; asimismo, puede importar toda clase de productos permitidos por las leyes como es el Gas LP y comercializarlos por cuenta propia o ajena.

 

Además, Pemex Logística cuenta con las subdirecciones de Transporte y de Almacenamiento y Despacho, unidades administrativas competentes para conocer de la información.

 

Sobre los alegatos presentados por el sujeto obligado, la ponencia del comisionado Bonnin Erales advirtió que existe una competencia concurrente entre Pemex Transformación y Pemex Logística, pues ambas cuentan con facultades para conocer de la información requerida.

 

Con base en los argumentos presentados, el Pleno del INAI, a propuesta del comisionado Carlos Alberto Bonnin Erales, revocó la respuesta del sujeto obligado y le instruyó asumir su competencia para conocer de la información requerida y emitir la respuesta conforme al procedimiento previsto en la Ley de la materia.

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gas lp
07/102018

CRE pone a disposición del público la aplicación móvil AmiGasLP

Gas, Tecnología, Últimas Noticias CRE, gas LP, precios

La Comisión Reguladora de Energía (CRE), anunció que puso a disposición del público en general la aplicación para smartphones AmiGas Lp.

AmiGasLP es una aplicación tecnológica que permite a los consumidores localizar a los distribuidores de gas LP que dan servicio en sus localidades y zonas aledañas, comparar precios y evaluaciones de calidad realizadas por otros usuarios, así como verificar si los distribuidores cuentan con el permiso de la CRE y si los vehículos que utilizan cuentan con el permiso correspondiente.

Esta aplicación tecnológica ya está disponible en las tiendas de Apple Store y Google Play de manera gratuita. Los usuarios que descarguen AmiGasLP tendrán acceso a las siguientes funcionalidades:

En la sección “Encuentra tu distribuidor”:

  1. Búsquedas por localidad
  2. Números de contacto para realizar pedidos
  3. Filtrar los resultados para visualizar únicamente a los distribuidores que realicen ventas mediante auto-tanque o recipientes transportables
  4. Información sobre las capacidades de los cilindros que ofrecen los distribuidores
  5. Realizar reportes ciudadanos en la sección “Encuentra tu distribuidor” si:
    1. El precio de venta es superior al precio que muestra la aplicación
    2. Los distribuidores niegan el servicio
    3. No entregaron nota o recibo de compra
    4. El teléfono de contacto es incorrecto
    5. El teléfono de emergencias es incorrecto

En la sección “Verificar autorización de vehículo”:

  1. Para verificar que los vehículos utilizados para llevar el gas LP cuenten con autorización de la CRE:
    1. Se deben ingresar las placas del vehículo
    2. Si el vehículo cuenta con autorización, AmiGasLP mostrará el permiso y la marca comercial que deben estar rotulados en el mismo
  2. Para realizar reportes ciudadanos en la sección “Verificar autorización de vehículo” si:
    1. El vehículo no cuenta con autorización, con la opción de incluir fotografías del vehículo
    2. El vehículo cuenta con autorización, pero los datos registrados no corresponden con los rotulados

Finalmente, incluye una sección sobre consejos para un uso más eficiente y seguro del gas LP.

Con esta aplicación, la CRE fomenta nuevas herramientas para que los consumidores cuenten con información que les permita tomar las mejores decisiones de compra en el mercado de gas LP.

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gas
06/202018

Cofece publica recomendaciones para generar mayor competencia en el mercado del gas LP

Gas, Últimas Noticias COFECE, competencia, CRE, gas LP, mercado

En las distintas actividades de la industria mexicana del gas licuado de petróleo (Gas LP) –importación, transporte, almacenamiento, distribución y venta final–, existen importantes áreas de oportunidad para introducir más competencia, incrementar el número de participantes y con el tiempo, lograr que los usuarios tengan mejores precios en el suministro de este combustible, utilizado por 76% de las familias del país. Además, los aumentos en el precio de Gas LP tienen efectos regresivos importantes en los hogares más pobres de México, que en términos porcentuales destinan para comprarlo 3.5 veces más de su gasto que las familias de mayores recursos.

Por su impacto en el bolsillo de los mexicanos, en el documento Transición hacia Mercados Competidos de Energía: Gas LP, la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE o Comisión) emite recomendaciones a la Comisión Reguladora de Energía (CRE) y a otros organismos públicos con el fin de lograr mayor competencia. De acuerdo con cálculos de la COFECE, un aumento en el número de competidores tiene como impacto reducciones relevantes en el precio promedio final; por ejemplo, cuando en una región se incrementa de uno a dos el número de distribuidores, los precios pueden ser menores hasta en 6.5%.

En enero de 2017 se liberalizaron los precios de venta al público de Gas LP, después de 11 años de estar determinados por una política de precios máximos. En ese tiempo, estos fueron definidos por la Secretaría de Economía a partir de un cálculo que, en gran medida, estuvo desvinculado del precio de referencia internacional de la molécula. Hoy, los precios se fijan libremente por los permisionarios, considerando las cotizaciones del Gas LP en el mercado internacional, así como los costos de cada una de las actividades que son necesarias para llevar el combustible desde su lugar de producción hasta las áreas de consumo: producción o importación e internación, comercialización, transporte, almacenamiento y distribución, más el margen de venta.

Sin embargo, en el transcurso del año pasado, los precios del Gas LP aumentaron en promedio 8% en las distintas regiones del país. Con independencia de la investigación en curso liderada por la Autoridad Investigadora de la COFECE ante la posible existencia de conductas anticompetitivas en la distribución y comercialización de este combustible, el documento referido analiza alternativas de política pública para que las empresas existentes enfrenten mayor competencia, condición que traería como efecto una baja estructural del precio.

En la internación de este combustible, el estudio documenta un incremento en las importaciones, que entre 2000 y 2015 representaron 30% del consumo total, pero ante la caída de la producción nacional y la entrada de particulares a esta actividad (reservada al Estado hasta antes de la apertura) aumentaron a 60% a finales de 2017. Llama la atención que, ante este nivel de importaciones, no exista información pública respecto de los precios de internación, es decir, aquellos a los que las empresas, tanto Pemex como privadas, compran el combustible en el extranjero y lo ingresan al país. Esto imposibilita el análisis del margen de comercialización de las empresas que lo importan y venden a los consumidores finales.

El trabajo también señala que existe un número reducido de grupos que participan simultáneamente en todas las actividades de la cadena, desde la importación hasta la venta de Gas LP al usuario final. Si bien dicha integración vertical puede ser benéfica por las eficiencias que estas empresas generan en su operación, también es una condición que inhibe la entrada de nuevos participantes. Por ejemplo, con la liberalización de las importaciones en 2016, el mercado se concentró aún más, muy probablemente porque solo unos cuantos grupos económicos tienen la capacidad de internar y almacenar dicho producto para luego comercializarlo.

A partir de la evidencia recabada, el documento expone que podría haber en el país capacidad subutilizada de transporte y almacenamiento de esta molécula en manos de Pemex y de unas cuantas empresas privadas. Infraestructura que no está pudiendo ser aprovechada por otros jugadores, lo cual puede impedir su entrada al mercado o elevar sus costos de operación. En este sentido, se hacen recomendaciones a la CRE, para que tanto Pemex como las empresas privadas del sector, se apeguen cuanto antes a los ordenamientos de la Ley de Hidrocarburos de forma que compartan su infraestructura como vía para fomentar la entrada de nuevos competidores, sobre todo si se considera que existe: 1) una subutilización en la infraestructura de transporte por ducto y almacenamiento de Gas LP; 2) la obligación legal de publicar capacidades y operaciones de infraestructura que, en la actualidad, no se cumple; y 3) la obligación de realizar Temporadas Abiertas para asignar capacidades de infraestructura no utilizadas, contempladas en el marco regulatorio.

Asimismo, a pesar de la apertura, en el último eslabón de la cadena, la distribución y expendio al consumidor final, tampoco se ha observado un incremento importante de participantes. En 2015 cinco grupos económicos concentraban aproximadamente 48% del mercado a nivel nacional, en 2016 se mantuvo este nivel y en 2017 aumentó a 53%. Estas concentraciones de mercado se profundizan a nivel regional en la distribución del combustible, destacan las de Yucatán, Baja California Sur y la región del Pacífico.

Específicamente, en el documento Transición hacia Mercados Competidos de Energía: Gas LP la COFECE recomienda a la CRE en materia de:

  • Importaciones: recopilar y publicar datos acerca del movimiento de precios en el punto de internación con base en los datos recogidos en las aduanas, con el objetivo de tener información confiable sobre los márgenes de venta de las empresas de Gas LP.
  • Comercialización: suspender o no dar permisos a aquellos agentes que estén verticalmente integrados (participación cruzada) y que no soliciten la opinión favorable de la COFECE como lo mandata la Ley de Hidrocarburos en términos del artículo 83.
  • Transporte y almacenamiento:
    • Garantizar el acceso abierto a los ductos y terminales de almacenamiento, propiedad de Pemex y privados, a todo el que lo requiera.
    • Que Pemex y particulares cumplan con su obligación de publicar la información sobre la capacidad efectivamente utilizada en cada sistema de ductos y terminal de almacenamiento para identificar problemas de subutilización y/o restricción artificial. De no hacerlo, se apliquen las sanciones correspondientes.
    • Revisar los casos en los que proceda realizar Temporadas Abiertas para asignar la capacidad no utilizada.
    • Imponer regulación a los almacenistas privados de Gas LP, homologando las obligaciones de acceso abierto a sus terminales de almacenamiento a las que existen en el transporte por medio de ductos.
  • Distribución: Imponer a los distribuidores que contraten o tengan vínculos comerciales con comisionistas la obligación de reportar precios y cantidades vendidas a través de estos agentes económicos.

En materia de venta al público, la COFECE también recomienda:

  • A DICONSA, valorar la posibilidad de utilizar todas sus tiendas como puntos de venta de Gas LP a través de licitaciones públicas con un alcance regional para elegir al suministrador que asegure las mejores condiciones de precio y servicio en esas tiendas.
  • A las autoridades competentes, gobiernos y legislaturas locales eliminar barreras al establecimiento de expendios de Gas LP incluidas en las legislaciones locales.

Como se aprecia en el documento, una transición exitosa a un mercado abierto y competido exige tanto información detallada y confiable sobre las actividades de importación, comercialización, transporte, almacenamiento y venta de Gas LP al consumidor final, como la estricta aplicación de la regulación que contempla la Ley de Hidrocarburos.

Solo facilitando la entrada de más jugadores (como empresas nuevas o existentes) a las distintas regiones del país; aprovechando al máximo la capacidad instalada de la infraestructura de ductos y almacenamiento existente, y la aplicación estricta de la regulación vigente en todos los eslabones de la cadena, a los mexicanos se les podrán garantizar condiciones que lleven a los mejores precios posibles en el mercado.

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gas
02/232018

COFECE va contra gaseros

Gas, Últimas Noticias COFECE, CRE, gas LP

La Autoridad Investigadora de la Comisión Federal de Competencia Económica (COFECE) publicó hoy, en su portal de internet y en el Diario Oficial de la Federación (DOF), el extracto del acuerdo de inicio de investigación por denuncia DE-022-2017, por la posible realización de prácticas monopólicas absolutas en el mercado de la distribución y comercialización de gas licuado de petróleo (gas LP) en el país.

Al respecto, la Autoridad Investigadora explicó que el mercado del gas LP resulta relevante porque es utilizado por más de 90 millones de mexicanos. Además, las familias del país destinan, en promedio, el 4.4% de su gasto total a cubrir los consumos de electricidad y gas en sus viviendas. Este combustible también es fundamental para los sectores comercial, industrial y de servicios, como el de alimentos, hotelería, transporte, entre otros. Derivado de la reforma energética, los precios al público de este insumo se liberaron a partir de enero de 2017, por lo que el costo que pagan los consumidores por este debe determinarse por las condiciones de oferta y demanda.

Se consideran prácticas monopólicas absolutas aquellos contratos, convenios, arreglos o combinaciones de agentes económicos competidores entre sí, cuyo objeto o efecto sea la manipulación de precios, restricción o limitación de la oferta o la demanda, división o segmentación de mercados, concertación o coordinación de posturas en licitaciones, así como el intercambio de información con el objeto o efecto de realizar alguna de las conductas anteriores.

Esta investigación, que inició el 24 de agosto de 2017, no debe entenderse como un prejuzgamiento sobre la responsabilidad de agente económico alguno. Lo anterior, toda vez que hasta el momento no se han identificado, en definitiva, violaciones a la normatividad en materia de competencia económica, ni el o los sujetos, quienes, de ser el caso, serían considerados como probables responsables al término de la investigación.

El plazo para esta indagatoria es de hasta 120 días hábiles, contados a partir de la fecha de inicio de la investigación, el cual podrá ser ampliado por el mismo lapso hasta por cuatro ocasiones.

La Autoridad Investigadora hace un llamado para que cualquier persona que cuente con información o pueda coadyuvar con el procedimiento se acerque a esta área de la Comisión.

Si al término de la indagatoria no se encuentran elementos que presuman la realización de una práctica anticompetitiva, el Pleno podría resolver el cierre de la investigación. En caso de que encuentre elementos que presuman una violación a la Ley, quienes resulten probables responsables serán llamados a un procedimiento seguido en forma de juicio para que presenten su defensa.

Conforme a la Ley Federal de Competencia Económica, de comprobarse la existencia de una práctica monopólica absoluta, los agentes económicos podrían ser multados hasta con el 10% de sus ingresos. También podrían ser sancionados económicamente quienes hayan coadyuvado, propiciado o inducido la comisión de las prácticas. Las personas físicas que hubieren participado en la celebración, ejecución u orden de este tipo de acuerdos entre competidores, podrían recibir prisión de conformidad con el Código Penal Federal hasta por 10 años.

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