Un juez en materia administrativa concedió a la subsidiaria de Petróleos Mexicanos Pemex Logística la suspensión definitiva al cobre de una multa de 8.5 millones de pesos que la Comisión Reguladora de Energía (CRE) impuso por no cumplir con los estándares de calidad impuestos en la NOM-0016-CRE-2016.

 

La sanción impuesta por la CRE corresponde a las verificaciones realizadas en abril, mayo y junio del año pasado en las terminales de almacenamiento y reparto en la ciudad de Hermosillo, Nogales, Guaymas, Mexicali, Rosarito, Cadereyta, Santa Catarina y Lázaro Cárdenas.

 

En una revisión realizada por el Instituto Mexicano del Petróleo (IMP) se detectó que la gasolina regular (Magna) que se encontraba almacenada en estas terminales no cumplía con los 87 octanos que marca la norma, por lo que se procedió a imponer la sanción correspondiente.

 

Al notificarle la sanción, Pemex Logística interpuso un amparo el 11 de mayo y la suspensión definitiva estará vigente por lo que dure el juicio. En el amparo, la subsidiaria de la empresa productiva del estado cuestiona la legalidad de la resolución del pleno del órgano de gobierno de la CRE.

 

En la resolución RES/742/2018 del 28 de marzo de este año, la CRE determinó que Pemex Logística incurrió en la infracción prevista en el artículo 86 fracción II inciso a de la Ley de Hidrocarburos.