El Instituto Mexicano de Ejecutivos de Finanzas publicó su postura ante la reforma a la Ley de Hidrocarburos.

 

El 26 de marzo pasado, el Ejecutivo Federal envió a la Cámara de Diputados la Iniciativa con Proyecto de Decreto por el que se reforman y adicionan diversas disposiciones de la Ley de Hidrocarburos. El día15 de abril el Pleno de la Cámara de Diputados aprobó la reforma, la cual se turnó a las Comisiones Unidas de Energía y de Estudios Legislativos del Senado de la República para su estudio.

 

La iniciativa establece entre otros que, el acceso a los energéticos es fundamental para el desarrollo social y económico de las personas y sus comunidades. Así mismo, señala que existe una desigualdad en el acceso a la energía causada principalmente por la corrupción y diversas actividades ilícitas. Además, manifiesta que, es imperativo el fortalecimiento de las empresas productivas del Estado mexicano como garantes de la Soberanía y Seguridad Energética, siendo nuevamente, la palanca del desarrollo nacional.

 

En este contexto, la iniciativa establece como propósito el fortalecer la regulación sobre los siguientes rubros en la citada Ley:

  • Almacenamiento mínimo de petrolíferos
  • Negativa ficta en el procedimiento de trámite de los permisos.
  • Revocación de permisos en caso de reincidencia en el incumplimiento de diversas disposiciones aplicables en materia de hidrocarburos y petrolíferos.
  • Contrabando de combustibles.
  • Suspensión de permisos por peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional. Para ello, la iniciativa propone, principalmente, lo siguiente:
  1. Adicionar como requisito para la obtención de permisos en materia de comercialización, distribución e importación de hidrocarburos y petrolíferos, el cumplir con la capacidad de almacenamiento en los términos que la Secretaría de Energía (“SENER”) indique, así como revocar aquellos permisos que no cumplan con el citado requisito.
  2. Incluir la figura de negativa ficta para las solicitudes de permiso de comercialización, transporte, distribución, de petrolíferos, expendio al público, entre otros.
  3. Incorporar la figura de la suspensión de permisos en las materias indicadas, que le permita a la SENER y a la Comisión Reguladora de Energía (“CRE”) intervenir las instalaciones, operación y administración de estas cuando el permisionario atente contra la seguridad nacional, seguridad energética y economía nacional.
  4. Proceder a la revocación de aquellos permisos que, a la fecha de entrada en vigor del Decreto, incumplan con el requisito de almacenamiento determinado por la SENER, conforme a las disposiciones jurídicas aplicables.
  5. Revocar los permisos respecto de los cuales se compruebe que sus titulares no cumplen con los requisitos correspondientes o que infrinjan las disposiciones de la Ley de Hidrocarburos.

 

Desde la perspectiva del IMEF, coincidimos en la importancia de lograr una oferta suficiente y un acceso efectivo a los energéticos como elemento central de desarrollo nacional. No obstante, los planteamientos de la iniciativa generan los siguientes riesgos para la economía nacional:

  1. Representan un retroceso en el desarrollo de un mercado competitivo en materia de hidrocarburos. El requerimiento de mostrar capacidad de almacenamiento previo al otorgamiento de permisos eleva de manera importante el riesgo de los proyectos de inversión, lo que inhibirá el desarrollo de infraestructura necesaria para la eficiencia del sector y para la preservación de la seguridad energética del país.
  2. La inclusión de la negativa ficta para las solicitudes de los permisos podría desincentivar a la autoridad para atenderlos en tiempo y forma. Ello aumenta la incertidumbre respecto a la viabilidad de las inversiones si estas pueden ser detenidas simplemente por un proceso administrativo lento, y no por razones de fondo que sean debidamente comunicadas a los solicitantes.
  3. La posibilidad de que los permisos sean suspendidos cuando se prevea un peligro inminente para la seguridad nacional, la seguridad energética o para la economía nacional, sin definir los criterios de evaluación, impide que se diseñen proyectos de inversión que cumplan con los requisitos pertinentes. La posible discrecionalidad en las decisiones eleva sustancialmente el nivel de riesgo de las inversiones.
  4. La posibilidad de que la autoridad que haya emitido el permiso se haga cargo de la administración y operación del Permisionario, para garantizar los intereses de los usuarios finales y consumidores, representa una intervención directa en los derechos de propiedad de los inversionistas, incrementando el riesgo de que se configure una innecesaria expropiación indirecta del patrimonio de los particulares.
  5. La presión presupuestaria que se ejercerá sobre PEMEX para el desarrollo de la oferta que el país requiere, se dará en circunstancias financieras ya complejas por las que atraviesa la empresa y en un entorno de finanzas públicas con un margen de maniobra reducido, lo que dificulta la liberación de espacio fiscal para inversiones más productivas y protección social.

 

Desde el IMEF, apoyamos cualquier iniciativa que permita impulsar el desarrollo de un sector energético moderno, eficiente y suficiente para respaldar el crecimiento y la competitividad de nuestra economía, así como el bienestar de las familias mexicanas.

 

No obstante, los términos de la iniciativa eliminan los incentivos para la inversión privada en el sector de hidrocarburos, en circunstancias en las que nuestra economía requiere urgentemente de la recuperación de la inversión y de la generación de empleo después del impacto de la recesión más severa del último siglo.

 

Así mismo, los términos planteados por la iniciativa generarán una demanda importante de recursos presupuestarios gubernamentales adicionales para la ampliación de la oferta en las condiciones necesarias, lo que representa un elemento adicional de riesgo para las finanzas públicas de México.

 

Exhortamos respetuosamente a las Comisiones Unidas de Energía y Estudios Legislativos del Senado de la República a evaluar de manera objetiva todos los elementos que la iniciativa plantea y sus impactos, en el marco del análisis, discusión y. en su caso, votación de la Minuta correspondiente.